Un abogado sin preparación teórica
es un charlatán, su actuar irresponsable corresponde al de un médico embaucador.
La profesión de abogado, debiera
ser tan profesional como la lógica lo ordena;
a) si
un estudiante tiene excelente conocimiento sobre la materia pero carece del
título para ejercer la profesión está imposibilitado para desempeñarse como
abogado titular;
b) si
un profesional del derecho se ha abstenido del ejercicio de la profesión sus
primeras actuaciones ante la autoridad delataran su incompetencia.
El ejercicio del derecho conlleva
una gran parte de instrucción teórica respecto de las figuras jurídicas, la doctrina
y el estudio de los cuerpos normativos, consistente en el “conocimiento
especulativo considerado con independencia de toda aplicación”[1].
La preparación teórica es fundamental para el estudiante de leyes y a ello
corresponden los primeros dos o tres años de la carrera profesional. no obstante con el paso de los
años y el ejercicio profesional es frecuente que se desatiendan los
conocimientos adquiridos en las aulas universitarias, y como sentenció un
profesor en los primeros días de la universidad “Abogado que no estudia todos
los días, deja de ser abogado cada día.”
La forma en que un abogado se
mantiene vigente es con el estudio ya sea mediante posgrados o cursos o
estudiando motu propio, si usted se encuentra en el segundo caso, permítame recomendarle
del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal a través de la Dirección
General de Anales de Jurisprudencia y Boletín Judicial la Colección Derecho civil
teórico y práctico, integrada por XX tomos, autor Francisco Ricci quien fuera director
de la revista Recopilación de la jurisprudencia italiana.
·
Tomo I. Publicación, interpretación y aplicación
de las leyes.
·
Tomo II. La ciudadanía y los derechos civiles.-
Del matrimonio.
·
Tomo III. Derechos y deberes inherentes al
matrimonio.
·
Tomo IV. De las personas.
·
Tomo V. De los bienes, de la propiedad y de sus
modificaciones. Vol. I.
·
Tomo VI. De los bienes, de la propiedad y de sus
modificaciones. Vol. II.
·
Tomo VII. Sucesiones.- De la sucesión legítima.
·
Tomo VIII. Sucesiones.- De la sucesión legítima.
·
Tomo IX. Sucesiones.- Adquisición de la
herencia.
·
Tomo X. Sucesiones.- De las particiones (continuación).
·
Tomo XI. De la comunidad.- De la posesión.
·
Tomo XII. De la prescripción.- De la ocupación
·
Tomo XIII. De los contratos.- De los
cuasi-contratos.
·
Tomo XIV. Extinción de las obligaciones.- De la
prueba de las obligaciones
·
Tomo XV. Del contrato de matrimonio.- De la
compraventa.
·
Tomo XVI. De la compraventa (continuación).- De
la permuta.
·
Tomo XVII. Del arrendamiento.
·
Tomo XVIII. Del contrato de sociedad.- Del
mandato.- De la transacción.
·
Tomo XIX. De la prenda.- De la fianza.- De la
inscripción.
·
Tomo XX. De las Hipotecas-de la publicidad de los
registros.
La colección aborda todas las
materias del derecho civil impartidas en la carrera de Derecho; una excelente
inversión para los estudiantes que inician la licenciatura, como abogado
particular constituye un material de apoyo y consulta para el ejercicio diario
de la profesión, como funcionario aportará elementos para la motivación de las
resoluciones. Como obra bibliográfica especializada, temática
y publicada por el Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.[2]