viernes, 25 de septiembre de 2015

Derecho civil teórico y práctico.

   

   Un abogado sin preparación teórica es un charlatán, su actuar irresponsable corresponde al de un médico embaucador.
La profesión de abogado, debiera ser tan profesional como la lógica lo ordena;

a) si un estudiante tiene excelente conocimiento sobre la materia pero carece del título para ejercer la profesión está imposibilitado para desempeñarse como abogado titular;

b) si un profesional del derecho se ha abstenido del ejercicio de la profesión sus primeras actuaciones ante la autoridad delataran su incompetencia.

   El ejercicio del derecho conlleva una gran parte de instrucción teórica respecto de las figuras jurídicas, la doctrina y el estudio de los cuerpos normativos, consistente en el “conocimiento especulativo considerado con independencia de toda aplicación”[1]

   La preparación teórica es fundamental para el estudiante de leyes y a ello corresponden los primeros dos o tres años de la carrera profesional. no obstante con el paso de los años y el ejercicio profesional es frecuente que se desatiendan los conocimientos adquiridos en las aulas universitarias, y como sentenció un profesor en los primeros días de la universidad “Abogado que no estudia todos los días, deja de ser abogado cada día.”

   La forma en que un abogado se mantiene vigente es con el estudio ya sea mediante posgrados o cursos o estudiando motu propio, si usted se encuentra en el segundo caso, permítame recomendarle del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal a través de la Dirección General de Anales de Jurisprudencia y Boletín Judicial la Colección Derecho civil teórico y práctico, integrada por XX tomos, autor Francisco Ricci quien fuera director de la revista Recopilación de la jurisprudencia italiana.



·         Tomo I. Publicación, interpretación y aplicación de las leyes.
·         Tomo II. La ciudadanía y los derechos civiles.- Del matrimonio.
·         Tomo III. Derechos y deberes inherentes al matrimonio.
·         Tomo IV. De las personas.
·         Tomo V. De los bienes, de la propiedad y de sus modificaciones. Vol. I.
·         Tomo VI. De los bienes, de la propiedad y de sus modificaciones. Vol. II.
·         Tomo VII. Sucesiones.- De la sucesión legítima.
·         Tomo VIII. Sucesiones.- De la sucesión legítima.
·         Tomo IX. Sucesiones.- Adquisición de la herencia.
·         Tomo X. Sucesiones.- De las particiones (continuación).
·         Tomo XI. De la comunidad.- De la posesión.
·         Tomo XII. De la prescripción.- De la ocupación
·         Tomo XIII. De los contratos.- De los cuasi-contratos.
·         Tomo XIV. Extinción de las obligaciones.- De la prueba de las obligaciones
·         Tomo XV. Del contrato de matrimonio.- De la compraventa.
·         Tomo XVI. De la compraventa (continuación).- De la permuta.
·         Tomo XVII. Del arrendamiento.
·         Tomo XVIII. Del contrato de sociedad.- Del mandato.- De la transacción.
·         Tomo XIX. De la prenda.- De la fianza.- De la inscripción.
·         Tomo XX. De las Hipotecas-de la publicidad de los registros.

   La colección aborda todas las materias del derecho civil impartidas en la carrera de Derecho; una excelente inversión para los estudiantes que inician la licenciatura, como abogado particular constituye un material de apoyo y consulta para el ejercicio diario de la profesión, como funcionario aportará elementos para la motivación de las resoluciones. Como obra bibliográfica especializada, temática y publicada por el Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.[2]




[1] http://lema.rae.es/drae/?val=teor%C3%ADa
[2] http://www.poderjudicialdf.gob.mx/swb/PJDF/Publicaciones

La Suprema Corte del Acordeón

  En una segunda y final actualización respecto a la primera Elección Judicial celebrada en la República Mexicana, de nuevo unos datos:   ...