El
tres de octubre de dos mil diecinueve, se difundió la noticia, (confirmada al
momento de escribir estas líneas) Eduardo Medina Mora presentó su renuncia como
Ministro de la de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Aunque
el periodo para su encargo concluye hasta dentro de once años, el ministro
presentó su renuncia al cargo mientras es investigado por la Unidad de
Inteligencia Financiara de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público -con
información de la National Crime Agency del Gobierno de Estados Unidos- por
transferencias financieras que no corresponde con sus ingresos y declaraciones
patrimoniales.
De
inmediato me refiero a la parte conducente del texto constitucional destinada a
la estructura y organización del Poder Judicial Federal, Título Tercero,
Capitulo IV Del Poder Judicial (arts. 94 al 107); es el artículo 98 en su tercer párrafo que contempla la
renuncia de algún ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación:
“Artículo 98...
…
Las renuncias de los Ministros de la
Suprema Corte de Justicia solamente procederán por causas graves; serán
sometidas al Ejecutivo y, si éste las acepta, las enviará para su aprobación al Senado.
…”
Para
el momento en que escribo está confirmado que el Presidente de la República
Andrés Manuel López Obrador ha aceptado la renuncia del ex Ministro de la
Suprema Corte de la Nación Eduardo Medina Mora. El Senador por el partido
Movimiento de Regeneración Nacional (MORENA) Ricardo Monreal Alemán a través de
su cuenta de twitter @RicardoMonrealA dio a conocer que el Senado de la República
se encuentra en espera de que le sea remitida la renuncia para analizarla en apego
a lo establecido en el referido artículo 98
constitucional.
Queda
al arbitrio del Senado aceptar la renuncia del Ministro (lo cual es un hecho
inminente), para que al ser aprobado, serán analizadas las causas de su
renuncia –las cuales seguramente obedecen al tema de la investigación que se
realiza por el tema patrimonial del ex ministro-.
Entrando
en el terreno del “vidente jurídico” el panorama es que el Presidente propondrá
una terna al Senado, de la cual se aprobara uno o una para ser designado
Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en el escenario ontológico
el máximo tribunal mexicano quedara como instrumento de legalidad y resolverá con
estricto apego a Derecho. En el escenario de la eterna desconfianza, siendo un
tercer ministro nombrado durante el periodo del Presidente Andrés Manuel López
Obrador éste o ésta ministro recién nombrado, le debe su lealtad al Ejecutivo Federal,
teniendo una tercera parte de los votos del Pleno de los once ministros. Lo que
pone en el escenario un equilibrio de poderes al borde del desequilibrio…hasta
ahora.
Solo
el transcurso de la vida y los acontecimientos podrán dar luces sobre si las
prácticas deleznables del viejo régimen priista regresan bajo una nueva bandera
o la Cuarta transformación sorprende favorablemente.