El día de hoy (8 de septiembre de 2014)
y después de varias semanas de discusión mediática sobre la conveniencia de
incrementar el salario mínimo de México, el jefe de Gobierno del Distrito
Federal, Miguel
Ángel Mancera, se reunió con los
líderes de la Cámara de Diputados para entregarles formalmente su iniciativa
sobre el aumento al salario mínimo.
La nota periodística indica que en
reunión con los presidentes de la Mesa Directiva de San Lázaro, Silvano
Aureoles, y de la Junta de Coordinación Política, Manlio Fabio Beltrones, así
como legisladores de todos los partidos políticos, expuso que México es el país
de América Latina con más rezago en materia de salarios.
Acompañado por el secretario de Desarrollo
Económico del Distrito Federal, Salomón
Chertorivski, explicó que se
buscará el consenso de los diputados para avanzar un paso más en lo planteado
como una ruta hacia la mejora del salario mínimo.
¿Qué es el salario? ¿Por qué se establece
un salario mínimo?
En la
utopia legislativa, el salario mínimo deberá ser suficiente para satisfacer las
necesidades normales de un jefe de familia en el orden material, social y
cultural, y para proveer a la educación obligatoria de los hijos.
Los
salarios mínimos podrán ser generales para una o varias áreas geográficas de aplicación,
que pueden extenderse a una o más entidades federativas o profesionales, para
una rama determinada de la actividad económica o para profesiones, oficios o
trabajos especiales, dentro de una o varias áreas geográficas.
Los
salarios mínimos generales regirán para todos los trabajadores del área o áreas
geográficas de aplicación que se determinen, independientemente de las ramas de
la actividad económica, profesiones, oficios o trabajos especiales.
Los
salarios mínimos profesionales regirán para todos los trabajadores de las ramas
de actividad económica, profesiones, oficios o trabajos especiales que se determinen
dentro de una o varias áreas geográficas de aplicación.
Respecto a
las zonas geográficas, se dividen en A
(las regiones con actividad económicamente mayor por lo que el salario mínimo
será de mayor valor), B (zona
económica media compuesta por las regiones del país que reúnen esas
características propias) y C (son aquellas regiones de menor capacidad
económica del país, o sea las más pobres por lo que el salario mínimo es el
menor de todas).
Sin embargo por
resolución emitida por el Honorable Consejo de Representantes de la Comisión
Nacional de los Salarios Mínimos de fecha 23 de noviembre de 2012, publicada en
el Diario Oficial de la Federación el día 26 de noviembre de 2012, la
distribución por áreas geográficas de los Salarios Mínimos generales y
profesionales vigentes en el territorio nacional se modificó, quedando
únicamente dos áreas geográficas A y B.
Los
salarios mínimos se fijarán por una Comisión Nacional integrada por representantes
de los trabajadores, de los patrones y del gobierno, la cual podrá auxiliarse
de las comisiones especiales de carácter consultivo que considere
indispensables para el mejor desempeño de sus funciones.
En la
integración de la Comisión participan representantes de los trabajadores,
patrones y del gobierno, quienes, cada año o cuando las necesidades económicas así
lo requieran, se reunirán para establecer el monto de los salarios mínimos que
regirán a partir de enero del año posterior.
Los
salarios mínimos no podrán ser objeto de compensación, descuento o reducción, salvo
en los casos siguientes:
I. Pensiones alimenticias decretadas por la autoridad competente
II. Pago de rentas, este descuento no podrá exceder del 10 por ciento del salario.
III. Pago de abonos para cubrir préstamos provenientes del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT)
IV. Pago de abonos para cubrir créditos otorgados o garantizados por el Instituto.