jueves, 4 de octubre de 2012

Hermenéutica jurídica


Ya en un tema anterior me referí a la Hermenéutica Jurídica, como la disciplina que estudia la interpretación de la Ley, y la definciion que el maestro Villoro Toranzo ofrece al respecto. En esta ocasión retomó la interpretación de la norma.


La ley se crea en un momento determinado para regular las conductas de una sociedad, en muchas ocasiones aparecen casos concretos que no están plasmados en la ley, ante esa realidad se interpreta la ley para aplicarla a un caso o en cierto sentido.

Autentica
Se le llama interpretación autentica de la norma cuando el órgano creados es el mismo encargado de interpretarla.

Judicial o positiva
Es la interpretación que hace el órgano judicial para un caso concreto, cuando no existe un precepto en ley, ya que si la conducta esta descrita solo la aplica. En materia penal y fiscal solo hay estricta aplicación de la ley.

Doctrinal
Como en cada área del conocimiento, existe la academia y sus especialistas, prefiero emplear el método teoría que doctrina ya que implica un sentido religioso de aceptación incuestionable. Así la interpretación teórica o doctrinas es la que realizan los teóricos del derecho o juristas.

Administrativa
Es la interpretación que realizan los Órganos judiciales respecto a las controversias en materia administrativa, entendida como conflictos entre personas, empleados o autoridades vinculados con la administración gubernamental. 

Métodos de interpretación
Son los diversos sistemas (exegesis, teórico, histórica y de derecho libre) creados para interpretar la norma. Los principales son la crítica, que utiliza un método analítico hasta llegar a los conceptos y la sociológica que estudia las circunstancias que dieron origen a la ley.

Gramatical
Se refiere al sentido literal de la ley, entendida esta como el significado gramatical exacto de las palabras de la norma.


Amplio o sistemático
Este tipo de interpretación observa a la norma como un conjunto de regulaciones que forma parte de un sistema, con una visión general del entorno.

Análogo
Prohibido para la materia penal y fiscal, la analogía se refiere a la aplicación de la ley a un caso concreto que no está previsto por la norma. Para cumplir con la obligación de proteger los derechos de las personas, las autoridades judiciales pueden interpretar por analogía, por razonamiento una norma a un caso cuya conducta, o elementos no están previstos en ley.


Lógico
Es un método deductivo en el cual se va de lo general a lo particular, con el fin de conocer el pensamiento del legislador por sus elementos y compararlo con lo establecido en la misma norma. 

La Suprema Corte del Acordeón

  En una segunda y final actualización respecto a la primera Elección Judicial celebrada en la República Mexicana, de nuevo unos datos:   ...